El BOE publica hoy las ayudas a los Bancos
El Boletin Oficial del Estado publica hoy el Real Decreto Ley 7/2008 de Medidas Urgentes en Materia Económico-Financiera, después de la reunión en el dÃa anterior del Consejo de Ministros:
“ArtÃculo 1. Autorización para el otorgamiento de avales a operaciones de financiación.
1. El presente Real Decreto-ley tiene por objeto autorizar el otorgamiento de avales del Estado a las operaciones de financiación nuevas que realicen las entidades de crédito residentes en España a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley.
En el caso de filiales de entidades extranjeras se exigirá que desarrollen una actividad significativa en España.
2. A efectos del presente Real Decreto-ley, se entenderá por operaciones de financiación las emisiones de pagarés, bonos y obligaciones admitidas a negociación en mercados secundarios oficiales españoles.
El aval se podrá extender, en su caso, a otros instrumentos bancarios, tales como los depósitos interbancarios, en el marco de un esquema concertado y coordinado entre los gobiernos de la zona euro.
3. El plazo máximo de vencimiento de las operaciones a que se refiere el apartado anterior será de 5 años.
4. Para acceder al otorgamiento de los avales, las entidades de crédito deberán cumplir los requisitos que se establezcan por el Ministro de EconomÃa y Hacienda, entre los cuales podrán incluirse aquellas condiciones especiales de solvencia que proponga el Banco de España.
5. El plazo de otorgamiento de avales finalizará el 31 de diciembre de 2009.
6. En el año 2008, se podrán conceder avales hasta un importe máximo de 100.000 millones de euros, considerándose incrementado en dicha cuantÃa el lÃmite establecido en el artÃculo 54 de la Ley 51/2007, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2008.
7. Los avales se otorgarán por el Ministro de EconomÃa y Hacienda de acuerdo con los requisitos establecidos en la Ley General Presupuestaria y devengará una comisión que refleje el riesgo que asuma el Estado en cada operación.
ArtÃculo 2. Autorización para la adquisición de tÃtulos para el reforzamiento de los recursos propios.
1. Con carácter excepcional, y hasta el 31 de diciembre de 2009, se autoriza al Ministro de EconomÃa y Hacienda, para la adquisición de tÃtulos emitidos por las entidades de crédito residentes en España, que necesiten reforzar sus recursos propios y asà lo soliciten, incluyendo participaciones preferentes y cuotas participativas.
2. Los tÃtulos que adquiera el Estado en el contexto del presente Real Decreto-ley, no estarán sometidos a las limitaciones que la Ley establece para la computabilidad de los recursos propios.
3. Los acuerdos de adquisición se adoptarán previo informe del Banco de España.
Disposición final primera. Habilitación normativa.
Se autoriza al Ministro de Economia y Hacienda para dictar las normas que resulten necesarias para la aplicación y desarrollo de lo previsto en este Real Decreto-ley.
Disposición final segunda. Entrada en vigor.
El presente Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo dÃa de su publicación en el «BoletÃn Oficial del Estado».”
¿Se animarán ahora los bancos a conceder más hipotecas a los ciudadanos?

Dentro de poco seré un asiduo a esta página y similares…jur jur..
Comentario por Delitos LÃricos :: 14 Octubre 2008 @ 13:40aunque a lo mejor me voy a una de alquiler, todo depende, depende todo…
Saludos
Empresas, inmuebles, promotoras, seguros, bancos, hipotecas, creditos, trabajo, empleo todas palabras unidas por un mal comun….CRISIS… esto se pone bien feo…y para el 2009 no veo luz al final del tunel…
Comentario por Esto se pone feo :: 21 Octubre 2008 @ 0:01Los gobiernos donan 70.ooo millones de € para ayudas a bancos (mundial),entonces a mi no me cuadra.Si en el mundo hay 66.000 millones de personas nos tocaria recibir 948.000€ por persona.Na nosotros a duras penas
Comentario por miguel :: 7 Enero 2009 @ 22:25