La Audiencia de Navarra da la razón a Registradora que en hipoteca no inscribió cláusula abusiva
La Audiencia de Tarragona acaba de dictar sentencia en la que considera que la Registradora de la Propiedad tenÃa facultades para calificar como abusivas cláusulas en las hipotecas y negarse asà a inscribirlas en el Registro.
En el presente caso el banco habÃa incluido en la Escritura de préstamo hipotecario cláusula que obligaba a pagar la totalidad de la hipoteca en caso de fallecimiento de avalista, de que el inmueble perdiera valor o sufriera un incendio…
La Dirección General de los Registros y del Notariado habÃa desautorizado a la Registradora de la Propiedad y ésta recurrió en casación ante la Audiencia de Tarragona que ahora, definitivamente, le da la razón.
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Tarragona considera que los Registradores de la Propiedad pueden considerar como abusivas cláusulas que puedan incardinarse en la Ley de Consumidores y Usuarios (concretamente en los artÃculos 85 a 90 de su Texto Refundido).
La Audiencia de Tarragona ha desestimado las alegaciones de la Dirección General de Registros y Notarios y deja claro que los Registradores sà pueden calificar de abusivas cláusulas que afecten directamente al consumidor.
Esta mas que claro que la registradora de la propiedad tenia razon, para eso estan para que no les cuelen clausulas ilegales ya sean en las hipotecas o en las compraventas que inscriben.
Comment by Cady :: 11 mayo 2011 @ 13:21