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Los cliente de Bancaja Custom, pueden financiar
la compra o rehabilitación de su vivienda
con un tipo de interés ventajoso ya
que podrás verse reducido el diferencial
sobre el Euribor durante toda la vida de la
operación hipotecaria en un máximo
de 0,30 puntos:
Por nómina domiciliada: 0,10 puntos.
Por el seguro vida-hipotecario: 0,10 puntos.
Por planes de pensiones: 0,10 puntos. Si efectúas
aportaciones anuales en tu plan de pensiones
por un mínimo de 400 € durante
las 5 primeras revisiones del préstamo
y de 600 € el resto de revisiones.
Más ventajas: por tener tu hipoteca
recibirás 10 Puntos Bancaja al mes,
que se suman a los que acumules por usar tu
tarjeta Bancaja Custom.
Las condiciones de esta hipoteca son válidas
únicamente para titulares de la tarjeta
Bancaja Custom.
Tipo de interés: variable.
índices de referencia: Euribor 1 año
comisiones: Apertura: 1,75% (Mín. 500,00
Eur.)
Trámites hipoteca:
El solicitante deberá aportar:
un justificante de sus ingresos (nómina,
declaración de la renta, etc.)
copia de la escritura del inmueble a hipotecar.
certificado expedido por el registro de la
propiedad en el que conste la libertad de
dominio y de cargas del inmueble.
copia del último recibo del impuesto
sobre bienes inmuebles (contribución)
para viviendas de segunda mano.
Al solicitar la operación, se realizará
una tasación del inmueble.
La operación, una vez aprobada, se
firma ante un notario a la vez que la compraventa
del inmueble, inscribiéndose la hipoteca
en el registro de la propiedad a la vez que
el cambio de titularidad del inmueble.
La constitución de la hipoteca está
gravada por:
el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.
La cantidad a pagar por dicho impuesto se
calcula aplicando un porcentaje dependiendo
de la comunidad autónoma sobre la responsabilidad
hipotecaria (aproximadamente el doble del
importe del préstamo).
gastos de notario, en función del importe
según tasa vigente del Colegio de Notarios.
Fiscalidad/bonificaciones en la declaración
de la renta:
Cuando para la adquisición o mejora
de la vivienda habitual, se utilice un préstamo
concedido por una entidad bancaria, con el
que se financia al menos el 50% del coste
de la vivienda habitual o de la rehabilitación
y no se amortice globalmente más del
40% del préstamo en los tres años
siguientes, los porcentajes de deducción
serán los siguientes:
Los dos primeros años (desde la adquisición
o rehabilitación), del importe total
pagado por capital, intereses y gastos de
financiación el 25% para los primeros
4.507,59 euros. Para la cantidad restante
(hasta 9.015,18 euros) el 15%.
Para el resto de años, los porcentajes
serán el 20% y el 15% respectivamente.
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