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Sentencia contra los “clips” del Bankinter

Un Juzgado de Gijón acaba de dictar sentencia que declara nulo el contrato “Clip Bankinter…” celebrado entre un cliente y Bankinter.

Este cliente al cancelar el producto financiero, Bankinter le cargó en su cuenta, en descubierto, el importe de, nada y nada menos, 73.382,29 euros.

Realmente se trata de un “Contrato de gestión de riesgos financieros” y que muchas veces Bankinter, y muchos otros bancos, lo ofrecía junto con una hipoteca u otro préstamo con el objeto aparente de garantizar que los intereses no subirían.

En la publicidad que realizaó Bankinter en su día, y a la que hipotecas.es ha tenido acceso, podemos leer:

“En Bankinter disponemos de un producto que garantiza la estabilidad en el precio de una hipoteca o de cualquier otro préstamo a interés variable. Se llama “Intercambio” y permite cambiar el tipo de interés de su préstamo hipotecario de variable a fijo, o bien cambiar la cuotas de variables a constantes, eliminando así el riesgo de encarecimiento del préstamo, por evolución de los tipos de interés.”

Pues bien, en la reciente sentencia, el Juzgado dice:
(sigue…)


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Afectados con derivados financieros de hipotecas

25.000 afectados con un producto financiero vinculado a las hipotecas, derivados financieros, presentarán demanda conjunta a través de la asociación de usuarios bancarios de España Adicae.

Los denunciantes señalan de que en realidad se trataba de productos de inversión y que se vendían como productos vinculados a hipotecas en los que los vendedores del producto aseguraban que era un producto seguro. También señalan que era un producto financiero realmente complejo y difícil de entender para los ciudadanos medios.

Además, las comisiones de cancelación de estos productos de inversión se disparaban hasta los 9.000 euros y también eran complicadas de entender.

Entre las entidades que podrían denunciarse por estos derivados están Bankinter, el Banco Santander y La Caixa.

Actualización febrero 2010: Ya hay una Sentencia contra Bankinter.


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